La Ley 1178 determina un nuevo modelo de administración del Estado Boliviano para la obtención de resultados mediante Sistemas de Administración y Control que interactúan y se interrelacionan entre sí para que los servidores públicos respondan por la administración de los recursos del Estado y por el destino de estos, estando sujetos a la responsabilidad por la función pública.
¿CUÁL ES EL NOMBRE DE LA LEY 1178?
Hace años se nombraba a esta ley como la Ley SAFCO o SAYCO, como acrónimos de Sistema de Administración Financiera y Control o Sistema de Administración y Control haciendo alusión a los sistemas.
Lo correcto es nombrarla como “Ley de Administración y Control Gubernamentales” porque así lo determina la propia ley.
¿QUE ES EL ENFOQUE SISTEMICO DE LA LEY 1178?
Inicialmente estableceremos ¿Qué es un Sistema?
Sistema es un conjunto organizado de partes que interaccionan entre sí con la finalidad de lograr de lograr objetivos. Un sistema tiene 3 partes fundamentales que son la entrada (Datos, materiales, insumos, etc.) el proceso en si (transformación de la materia prima, combinación de materiales e insumos, tablas de datos, gráficos estadísticos, etc.) y la salida (es el producto o servicio terminado).
El enfoque sistémico de la Ley 1178
La base fundamental de la Ley 1178 es el enfoque de Sistemas, considerando al sector público como un todo, en el que cada entidad pública debe responder y funcionar en base a los sistemas de administración y control gubernamentales, los mismos que interactúan y se interrelacionan entre sí, con el fin de satisfacer las necesidades públicas emanadas del soberano.
Como todo sistema tiene un orden preestablecido y armónico , que inicia con los objetivos planteados a través del sistema de planificación que se interrelacionaran con los demás sistemas para llegar al producto o resultado que concluirá en el sistema de control, pero no queda ahí, ya que las observaciones y recomendaciones emanadas del órgano rector de control gubernamental permitirán ejercer la retroalimentación a todo el sistema en miras de mejoras estructurales y mejores resultados que vayan a satisfacer las necesidades de la población boliviana.
De forma gráfica el sistema funciona de la siguiente manera:
¿QUÉ TIPOS DE SISTEMAS HAY?
De acuerdo a sus características son dos tipos:
SISTEMAS OPERATIVOS | SISTEMAS ADMINISTRATIVOS |
Son sistemas que se encargan de transformar la materia prima e insumos en productos finales o servicios | Apoyan con la planificación, organización , ejecución y control de actividades en los procedimientos financieros, legales y técnicos |
¿CUALES SON LOS SISTEMAS QUE ESTABLECE LA LEY 1178?
Son ocho los Sistemas de Administración y Control Gubernamental (ojo esta pregunta es clave en las entrevistas de trabajo en el Sector Público Boliviano) que establece el Art. 2 de la ley 1178:
PROGRAMAR
- Sistema de Programación de Operaciones
- Sistema de Presupuestos
ORGANIZAR
- Sistema de Organización Administrativa
EJECUTAR
- Sistema de Administración de Personal
- Sistema de Administración de Bienes y Servicios
- Sistema de Tesorería y Crédito Público
- Sistema de Contabilidad Integrada
CONTROLAR LAS ACTIVIDADES
- Sistema de Control Gubernamental
¿SISPLAN O SPIE?
Actualmente mediante ley No. 777 el Sistema de Planificación Integral del Estado establece que es la entidad que se relaciona directamente a la Ley 1178 concebida a partir de la actual Constitución Política del Estado.
En el Art. 316 numeral 1 establece que la función del Estado en la Economía es el de conducir el proceso de planificación económica y social, con participación y consulta ciudadana y que esta ley incorporará a todas las Entidades Territoriales (ETAs)
Por tanto, la Ley 777 tiene por objeto establecer el Sistema de Planificación Integral del Estado que conducirá el Sistema de Planificación del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien y armonía con la Madre Tierra.